La Procuraduría de la Administración tiene sus orígenes en el año de 1943, cuando la Asamblea Nacional de ese entonces dictó la Ley 135 del 30 de abril de ese año, para desarrollar la Jurisdicción Contencioso Administrativa que había Institucionalizado la Constitución de 1941.

La Ley 135 de 1943 le atribuye el control de la legalidad de los actos de la Administración Pública a un Tribunal de lo Contencioso Administrativo. El funcionario que representa a la Administración se le conoce como Fiscal Auxiliar y a partir de 1972 como Procurador de la Administración. Esta ley ha sido reformada por las Leyes 33 de 1946, 47 de 1956 y 59 de 1959.Jerarquía de la Procuraduría de la Administración dentro del Estado de Derecho Panameño.

La Procuraduría de la Administración tiene jurisdicción a nivel nacional al igual que la Corte Suprema de Justicia y la Procuraduría General de la Nación, con la cual encabeza el Ministerio Público, y tiene su propia organización administrativa y financiera.

De acuerdo con lo que establece la Constitución Política de la República, el Procurador General de la Nación y el Procurador de la Administración serán nombrados de acuerdo con los mismos requisitos y prohibiciones establecidos para los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia; y sus faltas temporales serán cubiertas por un funcionario del Ministerio Público, en calidad de Procurador Encargado, que cumpla con los mismos requisitos para el cargo.

En tal virtud, el Procurador de la Administración tiene la misma jerarquía, prerrogativas y derechos que los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, el Procurador General de la Nación y los Ministros de Estado.