Foro Internacional sobre Derecho Disciplinario

 
 
 
 

Dra. Miriam Mabel Ivanega, presidenta del Centro de Estudios sobre Gestión Pública y Responsabilidad de Argentina; Dr. Fernando Rodríguez Castro, presidente del Instituto Colombiano de Derecho Disciplinario; Mgtr. Mónica Castillo Arjona Castillo Arjona, secretaria general de la Procuraduría de la Administración de Panamá; Dr. Juan Carlos Novoa Buendía, procurador delegado para los Asuntos Disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación de Colombia; Elmer Rodríguez, presidente del Instituto Peruano de Estudios para la Función Pública y del Derecho Disciplinario; Dra. Martha Lucia Bautista Cely, conjueza de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura de Colombia.

El Instituto Peruano de Estudios para la Función Pública y del Derecho Disciplinario (IPDEDIS) y la Confederación Internacional de Derecho Disciplinario llevaron a cabo el  VIII Congreso Internacional de Derecho Disciplinario, en la Ciudad de Lima, el cual contó con la participación como expositora de la Mgtr. Mónica Castillo Arjona, secretaria general de la Procuraduría de la Administración, con el tema: “Responsabilidad de los servidores públicos de Panamá desde la perspectiva del derecho disciplinario”.

El IPDEDIS es una entidad científica, sin ánimo de lucro, consagrada al estudio y desarrollo del derecho disciplinario, bajo el respaldo académico e institucional de la Confederación Internacional de Derecho Disciplinario (CIDD).

Panamá forma parte de la CIDD como miembro honorario, el cual es representado por la Procuraduría de la Administración.  Este es un organismo internacional sin ánimo de lucro, de carácter científico no gubernamental, que agrupa a las asociaciones a nivel internacional dedicados a la investigación, estudio, divulgación del Derecho Disciplinario.

El VIII Congreso Internacional de Derecho Disciplinario, convocó la participación activa de diversos expositores y autoridades nacionales e internacionales, con el objeto de difundir la importancia del derecho disciplinario en el cumplimiento de las funciones que se impone a todos los funcionarios públicos y profesionales en general de cada país, labor preventiva desarrollada para mejorar la función pública y lucha contra la corrupción.