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Está encabezado por el Procurador de la Administración y se encuentra ubicado en el nivel político directivo de la institución.
El Procurador de la Administración es la autoridad administrativa superior de la institución, ejerce su representación legal y es responsable de dictar las políticas y administrar las directrices para su adecuado funcionamiento.
La Ley 38 de 31 de julio de 2000, Estatuto Orgánico de la Procuraduría de la Administración asigna al Procurador de la Administración, entre otras, las siguientes atribuciones:
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Elaborar conjuntamente con los responsables de las Secretarías y las Direcciones, los manuales y reglamentos para el funcionamiento de la institución, su modernización y adecuación administrativa;
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Aprobar la organización y reestructuración interna de la Procuraduría de la Administración, sujetas a las necesidades del servicio, a la disponibilidad presupuestaria y a las posibilidades económicas del Estado;
- Ser responsable de la ejecución y racionalización del presupuesto;
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Velar por que los agentes del Ministerio Público que le estén subordinados, cumplan adecuadamente con sus atribuciones;
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Fijar los salarios y emolumentos, nombrar, remover, trasladar, ascender y aplicar sanciones disciplinarias conforme a la ley y los reglamentos que se expidan al respecto
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