Con el título, “El derecho internacional en el ordenamiento jurídico interno panameño”, el Lcdo. Gianfranco Smith, dictó una conferencia, el viernes 15 de febrero, a servidores públicos de las diferentes instituciones públicas y universidades del país, invitados por el Centro de Investigación y Capacitación de la Procuraduría de la Administración.

La conferencia trató aspectos tales como: Globalización y tendencia a la uniformidad de las normas jurídicas,  mecanismos para resolver conflictos entre normas de ambos ordenamientos jurídicos, instrumentos de contrapesos y protección de valores fundamentales, mediante el proceso legal transnacional, entre otros.

El Lcdo. Smith, de servicio en la dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, destacó que el Derecho Internacional surge del artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, enumerando algunas de las fuentes del mismo: los tratados internacionales, la costumbre internacional, los principios generales de derecho, así como la doctrina y la jurisprudencia auxiliar.

El derecho internacional está formado por las normas jurídicas internacionales que regulan las leyes de los Estados.    Esto hace imperativo, dijo el Lcdo. Smith, que los servidores públicos conozcan qué es el derecho internacional y qué no lo es y, como éste se vincula con el derecho jurídico interno, ya que es muy amplio y no solo referido a los derechos humanos.

En cuanto a la doctrina que invoca Panamá en la relación del derecho internacional con el derecho interno, el Lcdo. Smith destacó que hay que remitirse al Art. 4 y 159 de la Constitución Política, dejando claro que los países tienen que reconocer la supremacía de los tratados internacionales suscritos por los países.

Sobre el particular, calificó como negativo que a nivel interno se quiera invocar disposiciones de derecho interno para incumplir una de derecho internacional, con fundamento en el Art. 27 de la Convención de Viena de 1969.