La secretaría provincial de Chiriquí, Bocas del Toro, la Comarca Ngäbe Buglé y Naso Tjër Di, cumpliendo con el mandato legal de mantener en continua capacitación a los servidores públicos administrativos y a los ciudadanos en general a través de la educación informal, realizó capacitación a los miembros de las juntas de desarrollo local del distrito de Puerto Armuelles, con el objetivo de brindarles herramientas útiles y enriquecedoras concernientes al funcionamiento y conformación de las juntas de desarrollo local.

Dicha actividad se llevó a cabo en el salón de reuniones de la Autoridad de Micro, Pequeña y mediana Empresa (Ampyme) Regional de Barú, en las que se contó con las palabras de bienvenida por parte del licenciado Fidel Delgado presidente de la junta de desarrollo local de Los Ángeles, quien agradeció además a la Procuraduría de la Administración por responder puntualmente en brindarle esta capacitación a los ocho (8) presidentes de las juntas de desarrollo local de dicho corregimiento, la cual asistieron motivados a conocer sobre la normativa, legalidad y funcionamiento para las cuales fue creado este espacio de participación ciudadana.

Continuando con la jornada la Lcda. Tarcila Palacio M. (mediadora-abogada) de la Secretaría Provincial de Chiriquí les indicó a los presentes que en concordancia con la Ley 37 de 29 de junio de 2009 “Que descentraliza la Administración Pública”, modificada por la ley 66 de 2015 que contempla dentro de la normativa los parámetros establecidos y la importancia que desempeñan las juntas de desarrollo local dentro del plan estratégico para el desarrollo de los corregimientos, comunidades y distritos; y que a través de las juntas comunales se organizan las juntas de desarrollo local con la materialización del reglamento interno de funcionamiento de tales organismo; permitiéndoles a los municipios certificados y avalados por la Autoridad Nacional de Descentralización, que puedan recibir no sólo los recursos económicos sino que le sea trasladados competencias por parte del Gobierno Central. (V. Art. 23, numeral 4 de la Ley 37 de 2009).

La jornada culminó con preguntas y respuestas que fueron aclaradas oportunamente.